El Boletín Oficial del estado del martes 5 de abril publica el Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores.
La modalidad de pesca recreativa ha experimentado en los últimos años un considerable aumento, debido al desarrollo del sector turístico en España, que está favoreciendo la proliferación de embarcaciones deos se establece en la presente regulación un régimen general al que someter el ejercicio de la pesca recreativa en aguas exteriores en sus diferentes modalidades, de conformidad con
dicadas a la pesca no profesional y a la práctica de la pesca selectiva mediante buceo a pulmón libre.
Es evidente que este tipo de actividades, tanto por su propia naturaleza como por la incidencia en los recursos pesqueros, exigen un régimen de control específico y unas limitaciones específicas, que por supuesto no sustituyen, sino que se suman a las medidas de conservación y protección de los recursos establecidos con carácter general en la regulación sectorial.
Cabe también destacar la proliferación de embarcaciones cuya finalidad comercial no reside en la captura de productos pesqueros para su comercialización, sino en facilitar la actividad de pesca recreativa a terceros, así como el incremento de las competiciones deportivas dedicadas al fomento de la pesca con fines lúdicos. Por tales motivel derecho internacional aplicable.